Debate sobre #sentenciaPAU «La caduta dei PAUs ( y otros desarrollos periféricos)»
El Club de Debates Urbanos organiza un debate en torno a la situación originada por la reciente Sentencia del Supremo sobre los PAUs y otros desarrollos periféricos. Escribimos en nuestro anterior post sobre este tema.
Qué: «LA CADUTA DEI PAUs ( y otros desarrollos periféricos) Debate sobre las últimas oportunidades de crecimiento de Madrid-ciudad»
Cuándo: 11 de Diciembre 2012, a las 19’30 h
Dónde: Círculo de Bellas Artes, Madrid.
Participarán: Beatriz Lobón (pte. confirmación), Jesús Gago. Luis Rodriguez-Avial y Jesús Muñoz (Ecologistas en Acción). Modera Ramón López de Lucio.
Texto enviado por Ramón López de Lucio:
LA CADUTA DEI PAUs (y otros desarrollos periféricos)
El debate sobre las últimas oportunidades de crecimiento de Madrid-ciudad
La reciente Sentencia del Supremo anulando la reclasificación de una serie de sectores de la periferia municipal—que suponen prácticamente la totalidad del suelo aún disponible dentro de las fronteras municipales—abre importantes interrogantes jurídicos y urbanísticos. Más allá de la casuística estrictamente jurídica (la insuficiente justificación por parte del PG 1997 del cambio a urbanizables de suelos definidos como “no urbanizables protegidos” por el PG 1985), calificada desde el Ayuntamiento como problema meramente “formal”, aparece el que estimo aspecto sustancial: cómo afrontar el desarrollo espacial de la ciudad de Madrid y su engarce en la política territorial metropolitana.
Los PAUs del Plan General de 1997, a diferencia de los criterios mantenidos por el Plan de 1985, supusieron la compactación de todos los suelos vacantes significativos al interior de la M-40 (Arroyo del Fresno, Montecarmelo, las Tablas, Sanchinarro, Carabanchel) ó fuera de ese anillo pero en inmediata continuidad con el tejido urbano de uno de los distritos de la ciudad, Vallecas Villa (el denominado Ensanche de Vallecas, en particular su mitad occidental al interior de la M-45).
Pero el documento de 1997 fue más lejos, planteando la urbanización prácticamente completa de la totalidad del término municipal, excluyendo por supuesto las grandes manchas forestales del Norte (Montes del Pardo, Soto de Viñuelas). Así aparecen piezas como el gigantesco Desarrollo del Sureste (45 km2, 126 mil viviendas), Valdebebas-Ciudad Aeroportuaria ó, con un significado diferente, la reconversión de la zona de Campamento, todas impugnadas ahora por la Sentencia del Supremo.
Admitiendo que el territorio afectado por tales futuros desarrollos urbanísticos no presenta, en casi ningún lugar, valores agrícolas, forestales o paisajísticos de relevancia, el debate sustancial se debiera centrar, en mi opinión, en la procedencia y en los objetivos urbanísticos de esa propuesta de prolongar la ciudad de Madrid hasta susconfines administrativos. ¿Qué supone la alternativa de limitar el crecimiento de la ciudad a lo consolidado actualmente (a finales del 2012)? ; entendiendo que dificilmente se podrían poner en cuestión realidades como Sanchinarro o Las Tablas—otra cosa es el juicio profesional o estético que merezcan—, ni siquiera actuaciones con un nivel de consolidación tan alto como ostentan Valdebebas o Arroyo del Fresno.
Esta claro que esa hipotética limitación impulsaría los nuevos crecimientos—cuando se produzcan una vez superada la actual fase recesiva—hacia el Área Metropolitana y el resto de la región urbana de Madrid. En forma de extensiones de los principales núcleos metropolitanos (sería el supuesto alternativo menos insostenible) ó, peor aún, en forma de desarrollos de baja densidad, fragmentarios y lejanos, con las implicaciones evidentes en términos de consumo de suelo, movilidad mecanizada privada y contaminación atmosférica.
En consecuencia, estimo que el debate se debería centrar en los siguientes aspectos básicos:
1º(previo), Problemáticajurídica. Cómo resolver el problema inmediato que plantea la Sentencia en ámbitos totalmente urbanizados (Arroyo del Fresno) y en construcción (Valdebebas). A un plazo algo más holgado resolver el problema que plantea la escasa fundamentación que supuso la reclasificación en 1997 como urbanizables de suelos aún no desarrollados, como son la mayor parte de los incluidos en el Desarrollo del Sureste, caso de que la revisión del PGOU en marcha siguiera apostando por mantenerlos como suelo urbanizable a medio plazo.
2º. Modelo de desarrollo metropolitano. Es decir, qué alternativa seleccionar entre: a) compactación del suelo vacante al interior del municipio de Madrid (postura del Plan de 1997), limitando a la vez los desarrollos metropolitanos, en particular los menos densos y más dispersos (cosa bastante más difícil de conseguir en ausencia de un planeamiento metropolitano/ regional efectivo) ; ó b) desparrame del futuro desarrollo urbanístico en torno a los principales núcleos urbanos del sistema metropolitano y/o en forma de desarrollos fragmentados y extensivos distribuidos a lo largo del territorio regional, posibilidad perfectamente factible en ausencia de ordenación territorial.
3º. Modelos de ciudad y patrones de diseño urbano para los nuevos desarrollos en la periferia del municipio de Madrid. Supuesto que la revisión en marcha del Plan General del municipio de Madrid apueste por mantener la política del Plan de 1997 y supuesto (mucho menos probable) que un hipotético modelo territorial a escala regional apostara por la concentración de los futuros desarrollos en torno a la ciudad de Madrid y los principales núcleos del Área Metropolitana, la cuestión básica que se debería abordar es el modelo de ciudad y los patrones de diseño urbano de esos nuevos desarrollos madrileños.
Resulta evidente para muchos, entre los que me encuentro, que los PAUs derivados del Plan de 1997 supusieron un notable retroceso en sus resultados espaciales y urbanísticos en relación con los mejores ejemplos derivados del Plan de 1985 (Madrid-Sur, quizás Valdebernardo, incluso Las Rosas).
Es en extremo embarazoso que las propuestas de diseño conocidas para los distintos sectores del Desarrollo del Sureste (los Planes Parciales aprobados), resulten notablemente peores que las de los PAUs. Más fragmentarias y ramplonas, más incomunicadas entre sí y con el resto de la ciudad, con menor carácter urbano y con espacios públicos previsiblemente fagocitados por los macrocontenedores comerciales –tipo La Gavia, Islazul o Hipercor de Sanchinarro—que generalizaron los PAUs de 1997, con tejidos basados en banales remedos de las retículas y manzanas que con mayor coherencia ensayaron los desarrollos de finales de los 80’ y primeros 90’.
¿Qué hacer para reorientar esos diseños, ahora que todavía es posible, en el marco de larevisión del Plan General de 1997? ¿Simples operaciones de maquillaje o planteamientos más valientes que primen la continuidad de los nuevos tejidos urbanos, intenten conseguir densidades razonablemente elevadas, articular espacios públicos significativos y vitales donde la pluralidad de usos (incluyendo, claro esta, el comercio y los servicios de proximidad) sea un objetivo esencial, lo que debería implicar la radical limitación de los citados Centros Comerciales gigantescos y autistas? En este sentido parece ir la “segunda posibilidad” de la “alternativa I”, de acuerdo con los documentos previos de la Revisión en marcha.
¿Sería suficiente una simple operación cosmética a la moda—formas urbanas de tipo “gusanillo” o casuales y “divertidas” distribuciones quebradas de volúmenes residenciales, tipo la fracasada Ciudad Levante de Córdoba (2002) o la igualmente banal ordenación de la non nata Villa Olímpica madrileña?. Confiemos que prospere un planteamiento más atrevido como se insinua en dicha Altenativa “I”.
4º. Conclusiones. ¿Sería factible convertir un revés como el que supone la Sentencia del Supremo en una oportunidad para replantear de manera más razonada y responsable una verdadera política territorial de ámbito metropolitano y regional, a la vez que una nueva cultura del diseño urbano, definida y pautada desde el propio Plan General en revisión?
Estos son los cuatro puntos esenciales que sugiero a los participantes, como marco de sus intervenciones, en la Mesa que moderaré en el Círculo de Bellas Artes el próximo 11-12-12. Cada uno podrá centrarse por supuesto en los aspectos que estén más cerca de su experiencia o que consideren más relevantes. Pero sin perder de vista (y esto lo planteo como un ruego) que desde el Club estamos organizando un Debate en el que la problemática jurídica no debiera ser el centro sino la ocasión y la oportunidad para discutir sobre el futuro de nuestra ciudad y nuestra región.
Madrid, 20-11-12
Ramón López de Lucio, vicepresidente del Club de Debates Urbanos, catedrático de Planeamiento Urbanístico en la Escuela de Arquitectura de Madrid