Va a tardar un poquito más en construir #sentenciaPAU
Reflexión abierta. Hemos abierto un etherpad (sitio online donde puedes escribir y modificar texto sin neceisdad de darte de alta) para recopilar información sobre la sentencia http://bit.ly/sentenciaPAU, así como empezado el hashtag #sentenciaPAU, para reflexionar abierta, distribuida y colectivamente.
El día 28 de septiembre de 2012 el Tribunal Supremo falló sobre el caso de los PAU de Madrid, puedes leer la sentencia completa (pdf). Pero no fue hasta la semana pasada cuando me enteré del tema gracias a una noticia en Idealista. También salió publicada en la web de Ecologistas en Acción, los promotores de la denuncia junto con el PSOE de un proceso que ha durado 15 años. El País, 20minutos y El Mundo sacaron la noticia, pero me da no se le están dando la importancia que merece. En mi entorno, cuando he preguntado, nadie sabía nada del tema, aunque como dato estadístico sirva de poco. Habrá que estar más atentos la próxima vez.
La sentencia deja claro que no se puede dar marcha atrás, que no se puede subsanar la no justificación de la reclasificación de ese suelo y que declara nulos, al menos, Arroyo del fresno y la Operación Campamento (técnicamente UZI «Arroyo del Fresno» y APR 10.02 «Instalaciones Militares de
Campamento», respectivamente). Ecologistas en Acción ha publicado una lista con los ámbitos afectados por la sentencia (pdf), que incluye metros cuadrados y número de viviendas de todos ellos. Añaden que el PGOU fue desarrollado en base a premisas irregulares, al incluir suelo protegido, y en base a un modelo de desarrollo especulativo, que no sirve a la ciudadanía sino a intereses privados. Podría afectar a otros 20 desarrollos urbanísticos más como Los Ahijones, Los Berrocales, Valdecarros o Valdebebas (esas grúas que se ven cuando llegas a Madrid desde la T4).
La sentencia del tribunal supremo del 28 de septiembre de 2012 es a veces difícil de entender, sobre todo para mi, no ducho en la terminología judicial, pero a veces cristalina:
«no se puede subsanar, enmendar, o convalidar el plan nulo. Tampoco pueden conservarse los acuerdos de aprobación definitiva y otros que se mantienen como si las determinaciones del plan no hubieran sido declaradas nulas de pleno derecho.»
En otras, toda una loa por la transparenciaen (el destacado es mío):
«No resulta preciso insistir, en este sentido, en la importancia, trascendencia y garantía que para los ciudadanos tiene la justificación expresada en la memoria del plan, para dar sentido a las determinaciones urbanísticas que introduce o modifica el planificador, como sucede con el cambio de clasificación de suelo no urbanizable de especial protección a suelo urbanizable. Únicamente puede combatirse aquello que se conoce y cuando se comprenden las razones por las que se realiza tal innovación. Y con mayor intensidad si ello tiene repercusión significativa sobre el medio ambiente.»
En una entrevista a Beatriz Lobón en Idealista sobre la sentencia, coordinadora general de urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, dice que pedirán aclaraciones al tribunal sobre la sentencia (hemos transcrito la entrevista en http://etherpad.mit.edu/beatriz-lobon-sentencia-pau, gracias a @BurningJak):
La sentencia … del Tribunal Supremo que se ha fallado el día 28 de septiembre … dice una cosa … clara y que yo creo tiene que ser aclarada a todos los ciudadanos.
(…)
Todo el mundo tiene que tener en cuenta que en este momento … no tenemos … definido de una manera clara cuales son los ámbitos afectados,
(…)
El Ayuntamiento de Madrid ha pedido una aclaración porque … hay determinadas incongruencias o inconcreciones dentro del fallo de la sentencia
Y que algo harán para que pueda continuar la construcción, aunque tarde «un poquito más»:
P: ¿Qué les puedes decir a las personas que han invertido en estos PAUs?
R: Se ha producido un problema que tenemos que solucionar, pero que es solucionable. Y por lo tanto aquel que tenía … pensado construir una vivienda la podrá (…) construir el problema que se plantea aquí es que va a tardar un poquito más.
Pero, para los que no tengan todavía licencia no lo ve tan claro:
P: ¿Qué va a pasar con las cooperativas que no tienen licencia pero sí suelo en cuyos alrededores se está construyendo?
R: Desde el momento que se efectiva la sentencia, en tanto no se subsane … las determinaciones del planeamiento que han sido anuladas por el tribunal … no podrán concederse nuevas licencias.
Vamos, un ‘claro’ mensaje de político al estilo ‘no se alarmen, todo está bajo control, no empujen, mujeres y niños primero’ mezclado con ‘estamos trabajando en ello, ¿hay algún médico en el avión?’.
¿Llegará a ejecutarse la sentencia de una zona que ya está casi completamente urbanizada como Arroyo del Fresno? La justicia ha tardado 15 años en resolver, pero una vez resuelto el litigio ¿para qué sirve realmente cuando las obras han acabado?
En caso de llevarse a efecto la sentencia no sabemos muy bien qué significaría ¿des-urbanizar la zona? Es difícil que ese suelo sea recuperado y se de marcha atrás al proceso urbanizatorio de un terreno que era originariamente «no urbanizable de especial protección». ¿Para qué sirve entonces que un suelo este clasificado como tal si esa clasificación es ‘fácimente’ modificable?
Por lo menos, por sacar algo positivo de este asunto, esperemos que esta sentencia sirva para que el nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) que está en marcha, no cometa esos errores: que informe convenientemente, que motive sus decisiones. Aunque lo mismo sirve para lo contrario, para blindar más sus decisiones y la opacidad del proceso. El nuevo plan tiene abierta la participación en su preavance, através de un formulario y mesas de participación… ¡ups! el plazo acabo ayer 31 de octubre. Aunque la visor online sigue ‘colgado’ en mi firefox, me quedo con dos planos del PGOUM sacados del pdf:
Suelo no urbanizable de protección
A vista de pájaro, en el plano del suelo no urbanizable de protección, lo único que queda protegido es, si es que Arroyo del Fresno, Campamento y los otros 20 desarollos urbanísticos no vuelven a serlo:
- Monte del Pardo
- Una depuradora junto al aeropuerto
- Un monte al sur de la radial 3
- El Vertedero de Valdemín Gómez (ese futuro parque madrileño) y Cañada Real Galiana
Según el plan:
«el suelo no urbanizable de protección que se propone en la Revisión del Plan General, se delimita manteniendo básicamente lo establecido en el Plan General de 1997, agregando a esta clase de suelo el ámbito UNP 4.08. “Aravaca-Escorzonera-Monte del Pilar” y los suelos del APE 08.06 “Colonia Mingorrubio” no consolidados por edificación y suprimiendo la categoría de NUP-5 constituida por la Cañada Real Galiana, que en el momento actual está en proceso de transformación como consecuencia de la desafectación producida por la Ley2/2011, de 15 de marzo, de la Cañada Real Galiana. La propuesta del Preavance se basa en los estudios llevados a cabo donde se valoran las condiciones de los terrenos para servir al uso residencial, no obstante la propuesta definitiva se llevará a cabo conforme se apruebe la Modificación de Plan General que se tramite una vez firmado el acuerdo Marco con la Comunidad de Madrid.»
Suelo urbanizable
El plano de suelo urbanizable tambien es interesante. Muestra la gran bolsa de PAUs a medio hacer del sureste madrileño. Entre otros, Valdecarros, uno de los lugares donde posiblemente Eurovegas tiene pensado, virtualmente, aterrizar.
Distingue entre los que tienen planeamiento aprobado definitivamente que por razón de su grado de urbanización no hayan alcanzado la condición de suelo urbano:
- UZP.2.02 Los Cerros
- UZP.2.03 Los Ahijones
- UZP.2.04 Los Berrocales
- UZP.3.01 .Valdecarros
y los que que no hayan aprobado definitivamente el planeamiento urbanístico:
- UZP.3.02 Villaverde-Vereda del Salobral
- UZP.3.03 Los Llanos
- UZP.3.04 Los Aguados
- UNP 4.03 Nueva Centralidad del Este
- UNP.4.05 Ensanche de San Fernando
- UNP 4.07 Remate del Suroeste-Campamento
- UNP.4.09 Encinar de los Reyes
- UNP.4.10 Solana de Valdebebas
- UNP.4.11 Fuente Fría Norte
Y ahora qué
Para los que hayais llegado hasta tan lejos en este post saltando de la sentencia a la entrevista con Lobón y del PGOUM a los planos viene la pregunta del millón ¿y ahora qué? ¿Qué vamos a hacer con los PAUs malditos de Madrid tras la sentencia? ¿Y con las #hiPAUtecas? @paaq lo tenía muy claro júguemos al golf , en los PAUs zombies, se entiende. Como veis, las únicas salidas son el deporte o la poesía:
El suelo está (ilegalmente) urbanizado
¿quién lo desurbanizará?
el desurbanizador que lo desurbanice,
buen desurbanizador será.
por pcmaster
En cualquier caso, gracias a Ecologistas en Acción por llevar este proceso judicial hasta el Tribunal Supremo. A ver cómo acaba este culebrón urbanizador que empezó Álvarez del Manzano en 1997. No es casualidad que ese mismo año se publicara Dig Your Own Hole de los Chemical Brothers, en claro homenaje a los túneles que empezaban a infestar la ciudad, y lo que estaba por venir.
Todos estos párrafos sin mentar una sola vez la crisis ni la burbuja inmobiliaria. Volvamos a la pregunta básica: ¿Qué podemos hacer ahora con los PAUs a medio hacer y esta sentencia que ilegaliza a parte de ellos?